Medio Ambiente

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética: comienza la cuenta atrás hasta 2050

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética, aprobada ayer tras un año de tramitación parlamentaria, es un aceptable punto de partida en el largo camino de la descarbonización plena antes de 2050

¿Le falta de ambición? Aún un amplio margen de mejora pero, sin duda, es un antes y un después en la lucha contra el cambio climático.

Climate Strategy, ECODES, Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente, Fundación Renovables, SEO/BirdLife y Transport & Environment han conseguido que se incluyera en la Ley:

  • Incorporar los informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) de las Naciones Unidas como nuevo principio rector que regirá todas las actuaciones derivadas de esta ley y de su desarrollo.
  • Obligación de ciertas empresas de elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero que deberá contemplar un objetivo cuantificado de reducción en un horizonte temporal de cinco años, junto con medidas para su consecución.
  • La integración del grado de alineación con los objetivos climáticos del Acuerdo de París en base a escenarios futuros debe añadirse al informe que el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones deben realizar cada dos años, en el ámbito de sus respectivas competencias, para evaluar el riesgo de cambio climático en el sistema financiero y energético.
  • El Operador del sistema eléctrico, el Gestor Técnico del sistema gasista y la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH) deberán informar al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sobre el grado de alineación de sus actividades con el Reglamento de Taxonomía de la UE [Reglamento (UE) 2020/852].
  • Se mantiene la obligatoriedad de que los municipios de más de 50.000 implementen Zonas de Bajas Emisiones y que se haga “antes de 2023” en vez de “no más tarde de 2023”.
  • Se logra incrementar de 50 kW a 150 kW la potencia de los puntos de carga a instalar en las gasolineras de mayor volumen de ventas.
  • Se establecen medidas dirigidas a estimular el suministro eléctrico en buques atracados.
  • La prohibición de la minería del uranio en España.
  • Se mantiene la prohibición de nuevos proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos en todo el territorio nacional (terrestre y marítimo).
  • Protección de la biodiversidad frente al cambio climático e impactos de la transición energética:
    • zonificación que defina zonas de sensibilidad y exclusión a las energías renovables por su importancia para la biodiversidad, conectividad y provisión de servicios ecosistémicos
    • se incluirán en los planes o instrumentos de gestión de los Espacios Naturales Protegidos y espacios de la red Natura 2000 un apartado sobre adaptación de los mismos al cambio climático.
Por otro lado, no se haya aceptado incluir:
  • Un nuevo artículo para que el Gobierno elaborara presupuestos de carbono de carácter quinquenal para establecer la senda que permita alcanzar los objetivos a 2030 y la neutralidad climática antes de 2050.
  • Que el Comité de Expertos de Cambio Climático y Transición Energética fuera independiente de influencias políticas y empresariales y que contara con presupuesto propio y una estructura, composición y funciones definidas en la Ley para quedar fuera de cualquier control gubernamental, como se refleja en todas las leyes climáticas de nuestro entorno.
  • Adelantar a 2035 la fecha de prohibición de los coches de combustión. La fecha que se contempla la ley a ese respecto, 2040, es incoherente con el objetivo de lograr la descarbonización de la economía española a más tardar en 2050, ya que la vida media de los coches en España ronda los 15 años.
  • Incrementar de 50 kW a 150 kW la potencia de los puntos de carga a instalar en las gasolineras de mediano y pequeño volumen de ventas.
  • Evitar dar prórrogas a las concesiones de explotación de hidrocarburos cuyos actuales permisos caduquen antes del 31 de diciembre de 2042 (fecha límite fijada por esta ley para el fin de la explotación de hidrocarburos en España).
  • Que la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos a través de la Dirección General de Presupuestos informe sobre la alineación de los Presupuestos Generales del Estado (en porcentaje) con la taxonomía (según el Reglamento de Taxonomía de la UE) en los ámbitos de Fomento, Industria, Agricultura, Territorial, Transición, Economía y Empresa, Ciencia y Exteriores e otros que pueda tener un impacto significativo en la consecución de objetivos climáticos.
  • La obligación de incluir el grado de alineamiento con las metas climáticas del Acuerdo de París basado en escenarios futuros en los informes sobre integración del riesgo del cambio climático que deben hacer las entidades cuyos valores estén admitidos a negociación en mercados regulados, entidades de crédito, entidades aseguradoras y reaseguradoras y sociedades por razón de tamaño.
  • Protección de la biodiversidad frente al cambio climático:
    • no se ha aceptado que las Comunidades Autónomas aprueben un plan de conectividad de su territorio que asegure la adecuada conectividad de los espacios protegidos
    • no se ha aceptado que el Estado elabore un catálogo español de especies altamente vulnerables al cambio climático que incluya todos aquellos taxones o poblaciones animales o vegetales silvestres cuya principal amenaza sea el cambio climático y requieran medidas específicas para evitar su declive o su extinción.

Queda pendiente el desarrollo reglamentario así como para tratar de fomentar sus líneas de acción positivas y frenar o minimizar las erróneas (por ejemplo, dejar, en el Artículo 13, la puerta abierta al uso de combustibles sintéticos de origen renovable en el transporte por carretera, una opción altamente costosa e ineficiente).

“Satisface saber que, tras cinco años desde su anuncio, España cuenta finalmente con una Ley que aborde la actual emergencia climática a la que nos estamos enfrentando.

Sabemos que el proceso ha supuesto un gran esfuerzo para el Gobierno, los grupos parlamentarios y toda la sociedad civil que han trabajado haciendo propuestas y visibilizando esfuerzos para crear el mejor texto legal posible.

Sin embargo, causa decepción la escasa ambición y concreción del articulado relativo al sector del transporte y la movilidad.

Consciente del gran paso que supone para el futuro, y aunque es un gran avance, dar un impulso al gas y derivados como combustibles o establecer una fecha que es demasiado tardía para la prohibición de venta de vehículos de combustión interna son ejemplos que muestran cierta insuficiencia para conseguir la descarbonización del sector dentro de los plazos establecidos”

Cristian Quílez, Policy Officer en ECODES

 

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