Editorial

Juan Royo ECONOMISTAS registra su huella de carbono

El Ministerio para la Transición Ecológica otorga el sello a Juan Royo ECONOMISTAS en la categoría «autónomo»

La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) en breve actualizará la página web del Registro para incluir al despacho en el listado correspondiente.

El Ministerio para la Transición Ecológica publicará los siguientes datos:

  • Ratio de emisiones: t CO2eq/unidad elegida por Juan Royo ECONOMISTAS, para cada uno de los alcances calculados por la organización.
  • Emisiones: t CO2eq para cada uno de los alcances calculados y el total.

El real decreto por el que se crea el registro establece que las organizaciones inscritas en la sección de huella de carbono y compromisos de reducción y/o compensación podrán utilizar un sello. Este sello está registrado y es propiedad del actual Ministerio para la Transición Ecológica.

El sello nace con una doble finalidad:

  • Demostrar su participación en el registro.
  • Reflejar el grado de esfuerzo acometido en la lucha contra el cambio climático.

En este sentido, se distingue entre

  • Quienes calculan su huella de carbono y se encuentran en la senda de reducir sus emisiones.
  • Aquellos que ya reducen y/o compensan.

El sello, por tanto, permite identificar, para un periodo definido (que será anual), tres niveles de participación:

  • Cálculo de la huella de carbono.
  • Reducción.
  • Compensación.

El registro, consta de tres secciones:

  • Huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de GEI.
  • Proyectos de absorción de CO2.
  • Compensación de huella de carbono.
Requisitos
  • Calcular huella de carbono.
  • Inscripción en la sección de “huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero” del registro.
  • Validación por parte del Ministerio.
  • Obtención del sello que refleje este esfuerzo (CALCULO).
  • Posteriormente, se valorará si se han hecho efectivos los compromisos de reducción, en cuyo caso también quedará reflejado en el sello (REDUZCO).
  • Inscripción en la sección de “compensación de huella de carbono” mediante la cual, podrá compensar sus emisiones a través de proyectos de absorción de dióxido de carbono inscritos en la sección de “proyectos de absorción de CO2” (COMPENSO).

El sello informa sobre:

  • La participación en las secciones de huella de carbono (distinguiendo si únicamente se ha calculado o se ha calculado y reducido) y de compensación (en cuyo caso previamente deberá haber calculado su huella de carbono).
  • El periodo de tiempo concreto al que se corresponde esta participación.

En el momento de recibir el sello de la huella de carbono que corresponda, el destinatario declara y acepta voluntariamente los siguientes puntos:

  • Conocer y asumir los objetivos de la inscripción en el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
  • Cumplir todo lo dispuesto en el Manual de empleo del sello del registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
  • Respetar la propiedad intelectual del sello del Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
  • No modificar ni alterar el sello.
  • No utilizar el sello en productos.
  • No realizar un uso malintencionado del logotipo Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono que pueda implicar la comparación entre marcas, productores y/o productos.

El MITECO y una vez notificada la inscripción y/o actualización en el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, entregará la autorización de uso del sello, junto con el sello, a la organización correspondiente.

El tiempo de utilización del sello será ilimitado, siempre y cuando la OECC no comunique al interesado lo contrario. Esta última situación podría darse si se da de baja la inscripción en el registro, o si se realizan actualizaciones en el registro de la huella/compensación de un año concreto, de manera que modifique la información que refleja el sello. En este caso, el sello actualizado pasará a sustituir el anterior.

Si el Ministerio detectase un uso indebido del sello solicitará a la organización que lo subsane. Si, finalmente, persiste el uso indebido, retirará inmediatamente la autorización para el uso del sello y dará de baja la inscripción en el registro.

La Dirección General de la Oficina Española de Cambio Climático, es la responsable de dialogar con los agentes implicados en el uso de que se detecte un uso indebido del sello y de proceder a la retirada de la autorización si fuera necesario.

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